Cómo dar de baja el impuesto de circulación del coche (IVTM)

Si tenemos algún coche viejo o que no usamos quizás estamos pensando en darlo de baja en el ayuntamiento para así no tener que pagar más el impuesto de circulación.

Si el coche es antiguo y realmente no lo vamos a usar, lo que te recomendamos es una baja definitiva, puedes solicitar la baja de coches desde este apartado de la web, la baja de motos, ciclomotores y quads aquí y desde el apartado de baja de camiones se tasa y gestionan las bajas de camión / industrial.

Nos encargaremos de todo el proceso, recogida del vehículo y gestionaremos la baja en la DGT.

El impuesto de circulación, también conocido como el IMVTM impuesto municipal sobre vehículos de tracción mecánica, es un tributo que los propietarios de vehículos deben pagar anualmente en España.

En este artículo, te ofreceremos una guía paso a paso sobre cómo dar de baja el impuesto de circulación en el ayuntamiento, así como enlaces a los trámites de los ayuntamientos más importantes .

Solicitar la devolución del impuesto de circulación (IVTM) por Baja Definitiva

En el caso de que tramitemos una baja definitiva, y aunque ya hayas pagado el impuesto de circulación del año vigente (IVTM) podrás solicitar en la mayoría de los ayuntamientos, la devolución de los trimestres no consumidos.

Para ello es importante que el trámite se haga en tiempo y forma.

Si tienes cualquier duda contáctanos aquí y te lo resolvemos lo antes posible.

¿Cuándo se puede dar de baja el impuesto de circulación?

Existen varias situaciones en las cuales puedes solicitar la baja del impuesto de circulación en el ayuntamiento. Algunas de las circunstancias más comunes son:

Baja del Impuesto de circulación por venta del vehículo


Si has vendido tu vehículo, puedes solicitar la baja del impuesto de circulación presentando la documentación pertinente, como el contrato de compraventa y el nuevo permiso de circulación.

Devolución del impuesto de circulación por baja definitiva del vehículo

Si has dado de baja definitiva tu vehículo, puedes solicitar la baja o devolución del impuesto de circulación en el caso de que te hayan cobrado de más, si aún no lo has dado de baja y quieres que te gestionemos la recogida gratuita y baja del vehículo, indícanos y te lo gestionamos.

Si quieres notificar a tu ayuntamiento para que te efectúe la devolución del IVTM puedes usar el modelo que te dejamos a continuación. En el se solicita la devolución parcial del impuesto en el caso de que el coche haya sido dado de baja en la DGT.

Baja de Impuesto de Circulación por cambio de domicilio

Si te has mudado a vivir a otra localidad y has transferido tu residencia fiscal de una a la otra, deberás pagar los impuestos en tu nueva localidad de residencia, en principio debería ser automático pero si te siguen cobrando en el ayuntamiento de la localidad donde vivías deberás notificarles y demostrarles el cambio de residencia habitual.

Pasos para dar de baja el impuesto de circulación

El proceso para dar de baja el impuesto de circulación puede variar ligeramente según el ayuntamiento, pero generalmente sigue estos pasos:

Reunir la documentación necesaria

Antes de acudir al ayuntamiento, o de pasar los papeles para que te lo gestione un tercero, asegúrate de tener contigo los documentos requeridos, como el permiso de circulación del vehículo, el contrato de compraventa (si aplica), el nuevo permiso de circulación (si aplica) y tu DNI u otro documento de identificación válido. En el caso de que el vehículo se haya dado de baja, te habrán entregado un documento como certificado de destrucción del mismo, si no te lo han entregado puedes pedirlo para que te lo envíen.

Acude al ayuntamiento en persona o entra a la sede electrónica vía online.

Dirígete al ayuntamiento de la localidad donde tienes registrado el vehículo y busca el departamento encargado de recaudación de los impuestos o la oficina de atención al contribuyente. En el caso de que lo gestiones vía sede electrónica, deben tener un apartado específico.

Si no lo tienen siempre puedes presentar un escrito por registro de entrada.

Presentar la solicitud en tiempo y forma.

Deberás presentar y firmar la solicitud, y además anexar la documentación requerida en cada caso para dar de baja el impuesto de circulación. Asegúrate de proporcionar la información precisa y correcta sobre el motivo de la baja. En el caso de vía online, si no existe un apartado específico en el ayuntamiento, normalmente hay que presentarlo vía registro electrónico por registro de entrada.

Revisar y pagar las deudas pendientes

Es posible que debas pagar cualquier deuda pendiente relacionada con el impuesto de circulación antes de que puedas dar de baja el impuesto. Verifica si tienes alguna deuda y realiza el pago correspondiente si es necesario. Mucha gente nos pregunta si se puede dar de baja con impuestos o multas pendientes, por eso hemos escrito este artículo explicándolo.

Recibe la confirmación

Una vez que hayas presentado la solicitud, el ayuntamiento procederá a procesarla. En algunos casos, te proporcionarán un comprobante o certificado que confirme la baja del impuesto de circulación.

Enlaces útiles a los trámites de los ayuntamientos

A continuación, encontrarás enlaces a los trámites y toda la información para dar de baja o alta, y gestionar los datos de pago del impuesto de circulación en algunos de los ayuntamientos más importantes de España.

En el caso de que no aparezca el de tu localidad deberás llamarles por teléfono para consultar más en detalle.

La baja temporal de un vehículo en la DGT

Existe otra fórmula para ahorrarnos el IVTM (Impuesto de circulación) si lo no vamos a hacer ningún uso del vehículo pero no es nuestra intención darlo de baja de forma definitiva. La baja temporal está pensada solamente para esos casos en los que el coche moto o camión no va a circular en una larga temporada, pero tened en cuenta que tampoco podrá estar estacionado en la calle, porque para que esté en la calle debería tener seguro por lo que tendremos que tener un garaje privado, taller, donde dejar el vehículo.

Debemos tener en cuenta que aunque antes no era así, desde que se modificó, la duración máxima de una baja temporal es de un año de forma prorrogable. La prorroga deberá pedirse 2 meses antes de que finalice el año desde que solicitamos la situación de baja temporal.

La parte buena es que realmente no hay límite en el número de veces que podemos solicitar la baja temporal año tras año, la parte negativa es que deberemos ponernos una alarma o solicitar a alguna gestoría que esté pendiente del trámite año tras año para que así no vuelva el vehículo a la situación de alta y nos vuelvan a cobrar el impuesto de circulación etc.

El coste del trámite de baja temporal

En el caso de que queramos hacer una baja temporal por nuestra cuenta, deberemos saber que la DGT tiene una tasa que a la hora de escribir esto en 2023, es de 8,67€. Al tener que pagar año tras año, habrá vehículos como por ejemplo los ciclomotores, en los que si tenemos que estar pagando la tasa cada año, seguramente no nos ahorremos casi respecto al impuesto de circulación.

Cómo se tramita una baja temporal

Si quieres hacerlo por tu cuenta puedes acceder directamente en el siguiente enlace de la Dirección General de Tráfico o acudir a una delegación provincial en persona y con toda la documentación y tasa pagada.

https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/altas-bajas-y-rehabilitacion-de-vehiculos/baja-temporal-vehiculo/index.shtml

Si no sabes como realizar la baja puedes ponerte en contacto con nosotros y te recomendaremos algún profesional que lo haga por ti.

Casos específicos exentos de pago del Impuesto de circulación.

Debido a que la normativa del impuesto de circulación o IVTM depende de cada municipio, la ordenanza en cada localidad la que establece la normativa y pagos o exenciones a la hora del pago.

Iremos recopilando algunos casos donde dependiendo del municipio se puede solicitar la exención del pago del impuesto sin renunciar a disponer del vehículo.

Vehículos históricos o con determinada antiguedad

Existen municipios que disponen en sus ordenanzas determinadas excepciones para el pago del IVTM para vehículos históricos o de una antiguedad determinada, por ejemplo suele ser más de 25 o 30 años. Esto no es algo que tengan todos los municipios, ni siquiera la gran mayoría, y tampoco es algo que apliquen de oficio, sino que te tocará solicitarlo. En los casos que aplique y se solicite y resuelva de forma favorable, no se aplicará de forma retroactiva sino que empezará a aplicar a partir del siguiente ejercicio. Es decir que si lo solicitamos a mitad de un año, el impuesto que nos ahorraremos será el del siguiente pero nada referente al ejercicio actual.

Vehículo cuyo titular tenga alguna discapacidad

Esto también es según cada normativa municipal, pero en determinados ayuntamientos es posible solicitar la excepción del pago del impuesto de circulación en el caso de que el titular del vehículo tenga alguna discapacidad reconocida legalmente.

Conclusión

Dar de baja el impuesto de circulación en el ayuntamiento puede ser necesario en ciertas situaciones, en los que no se haya detectado automáticamente, como la venta del vehículo o el cambio de domicilio.

Siguiendo los pasos adecuados y proporcionando la documentación requerida, puedes solicitar la baja y evitar pagos innecesarios.

Recuerda consultar el sitio web oficial del ayuntamiento correspondiente para obtener información actualizada y precisa sobre los trámites y requisitos específicos.

Para más información, os dejamos el enlace oficial a la DGT con información sobre el IVTM