Defecto ITV 02.10 — Señales en los vehículos
Grupo 02: Acondicionamiento exterior, carrocería y chasis
· Manual ITV v7.9
Especificaciones generales
Las señales en los vehículos que tienen por objeto dar a conocer a los usuarios de la vía pública determinadas circunstancias o características del vehículo en el que están colocadas, son exigibles solamente cuando el vehículo o el conductor del mismo están afectados por alguna condición que es preciso destacar. Señal V-4 (Limitación de velocidad): placa de forma circular en la parte posterior del vehículo, con reborde negro con caracteres indicando la limitación. Aplica a determinados conductores en razón de sus circunstancias personales, vehículos especiales y conjuntos de vehículos (también especiales, aunque solo tenga tal naturaleza uno de los que integran el conjunto), y vehículos que precisen autorización especial para circular. Señal V-5 (Vehículo lento): placa triangular o catadióptrico de material reflectante rojo en el centro y rojo fluorescente alrededor, instalada en la parte posterior del vehículo. Optativa para los vehículos de motor o conjuntos de vehículos que deban llevar la señal V-4 de limitación de velocidad. Aplica a vehículo o conjuntos de vehículos, que por construcción, no puedan sobrepasar la velocidad de 40 km/h.
Fuente: Manual de Procedimiento ITV v7.9, página 69 (BOE-A-2025-20343).
Tabla de defectos por tipo
| Código | Defecto | Tipo |
|---|---|---|
| 02.10.01 | Inexistencia o número de señales no reglamentarias | Grave |
| 02.10.02 | Ilegibilidad de la señal | Grave |
| 02.10.03 | Señales no reglamentarias | Grave |
| 02.10.04 | Emplazamiento no reglamentario o que impide su visibilidad | Grave |
| 02.10.05 | Defectos de estado | Leve |
| 02.10.06 | Fijación defectuosa | Leve |
| 02.10.06.1 | ↳ Si existe riesgo de desprendimiento | Grave |
| 02.10.07 | No coincidencia de la señalización con el uso del vehículo indicado en la documentación del mismo | Grave |
Método de inspección
Mediante una inspección visual de las señales se comprobará:
- Su existencia y número según lo reglamentado.
- Su estado: legibilidad.
- Las señales reglamentarias.
- Su emplazamiento y la visibilidad.
- La fijación de la señal.
- La coincidencia de la señalización con el uso del vehículo indicado en la documentación del mismo.
Fuente: Manual de Procedimiento ITV v7.9, página 69.
Reglamentación de referencia
General:
Reglamento General de Vehículos, Art. 18 y Anexo XI.
Particular:
Para señal V-5:
Reglamento CEPE/ONU 69 R.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa el defecto ITV 02.10?
¿Me pasan la ITV con el defecto 02.10?
¿Qué hago si me suspenden la ITV por el defecto 02.10?
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Contenido informativo basado en el Manual ITV v7.9 (01/01/2026). El inspector siempre tiene la última palabra.
Normativa de referencia (en vigor):
Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV, versión 7.9 (01/01/2026) ·
Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre (Reglamento de ITV) ·
Real Decreto 265/2021, de 13 de abril (modifica periodicidad ITV) ·
Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo (inspección técnica periódica) ·
Reglamento (UE) 168/2013 (homologación vehículos categoría L) ·
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre (Reglamento General de Vehículos)