Defecto ITV 04.01 — Luces de cruce y carretera

Grupo 04: Alumbrado y señalización

· Manual ITV v7.9

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Especificaciones generales

Faro delantero de vehículo en desguace

Todo vehículo de las categorías M y N debe estar provisto de: - Dos o cuatro luces de carretera que emitan luz blanca. En el caso de vehículos de la categoría N pueden ser 2, 4 o 6. - Dos luces de cruce que emitan luz blanca, Color de las luces: El color blanco en las luces de cruce y carretera es obligatorio en vehículos matriculados a partir del 26/7/99. La legislación anterior (art. 146 del Código de la Circulación) permitía que el color de estas luces fuera amarillo selectivo.

Fuente: Manual de Procedimiento ITV v7.9, página 105 (BOE-A-2025-20343).

Tabla de defectos por tipo

CódigoDefectoTipo
04.01.01 Número de luces no reglamentario Grave
04.01.02 No funciona alguna luz de carretera Leve
04.01.02.1 ↳ No funciona ninguna luz de carretera Grave
04.01.03 No funciona alguna luz de cruce Grave
04.01.04 Situación de alguna luz no reglamentaria Grave
04.01.05 Dispositivo no homologado Grave
04.01.06 Estado de dispositivo defectuoso Leve
04.01.06.1 ↳ Si afecta a su función o existe riesgo de desprendimiento Grave
04.01.07 Color no reglamentario de la luz emitida Grave
04.01.09 Orientación del haz luminoso de las luces de cruce alta Grave
04.01.10 Otros defectos de orientación del haz luminoso de cruce (bajas o desviación lateral, etc.) Leve
04.01.11 Intensidad de todas las luces de carretera que pueden encenderse simultáneamente excede de valor de referencia 100 Grave
04.01.12 Al operar el mando de funcionamiento, se enciende algún otro dispositivo luminoso diferente a los reglamentariamente establecidos Grave
04.01.13 Dispositivo manual de nivelación de luces de cruce inoperante o no accesible desde el asiento del conductor Leve
04.01.14 Dispositivo lavafaros inexistente o no operativo (cuando es obligatorio) Grave
04.01.15 Fuente luminosa incompatible con el proyector Grave
04.01.16 El testigo de funcionamiento de las luces de carretera no es operativo Leve
04.01.17 No se apagan todas las luces de carretera con un solo mando Grave
Leve ITV favorable con anotación
Grave ITV desfavorable — 2 meses para reparar y volver
Muy Grave ITV negativa — el vehículo no puede circular

Criterios técnicos — Luces de cruce y carretera

Notas del manual

  • Color blanco obligatorio desde 26/07/1999 (antes se permitía amarillo selectivo).
  • Se comprueba: número, funcionamiento, situación, homologación, estado, color, orientación del haz de cruce, apagado de todas las luces de carretera con un solo mando, dispositivo de nivelación manual (si lo incorpora), lavafaros (cuando sea obligatorio), compatibilidad fuente luminosa/proyector, y testigo de luces de carretera.
  • Marcaje de homologación obligatorio para vehículos matriculados desde 01/05/1989.
  • Bombillas LED de sustitución: desde abril 2023, se permite sustituir lámparas halógenas por LED si la lámpara cuenta con certificado del fabricante que acredite equivalencia fotométrica con la lámpara original, sin que sea reforma.
  • Si superan 2.000 lúmenes, el vehículo debe tener corrector automático de altura y lavafaros.

Fuente: Manual de Procedimiento ITV 2026.

Alumbrado en motos

En motos y ciclomotores (categoría L) los criterios son diferentes:

  • 1 luz de cruce + 1 luz de carretera (vs 2+2 en turismos).
  • El resto de comprobaciones son similares.

Fuente: Manual ITV v7.9, Sección II (Categorías L).

Método de inspección

Mediante inspección visual se comprobará:

  • El número de luces.
  • Su funcionamiento.
  • Su situación.
  • La homologación.
  • El estado de los dispositivos.
  • El color de la luz emitida.
  • El apagado de todas las luces de carretera con un sólo mando.
  • La orientación del haz luminoso de la luz de cruce.
  • Una vez comprobado el reglaje en la posición más alta, si éste tiene la consideración de defecto grave, se comunica esta circunstancia al conductor antes de realizar la anotación, indicándole que utilice el dispositivo regulador manual de las luces accesible desde el puesto del conductor (si dispone de él) para adecuar la posición de las luces; si el reglaje queda corregido en cualquier posición del regulador para ambos proyectores, no se anotará defecto alguno.
  • Se verificará la suma de los índices de intensidad que figuran en cada proyector (valor de referencia 100). La marca de referencia «10» se asignará a cada uno de los faros marcados con «R» o «RC».
  • Que, al operar sobre el mando de funcionamiento de estas luces, no se encienda ningún otro dispositivo luminoso diferente a los reglamentariamente establecidos.
  • El dispositivo de nivelación cuando sea de accionamiento manual y lo incorpore de origen.
  • El dispositivo lavafaros cuando sea obligatorio.
  • Que la fuente luminosa es compatible con el proyector.
  • El funcionamiento del testigo de luces de carretera.

Fuente: Manual de Procedimiento ITV v7.9, página 105.

Reglamentación de referencia

General:

Reglamento General de Vehículos Art. 15 y 16 y Anexo X.

Particular:

  • Directiva 76/756/CEE.
  • Reglamento CEPE/ONU 48 R.

Preguntas frecuentes

¿Me rechazan si tengo una sola luz de cruce fundida?
Sí, es defecto grave (defecto grave). A diferencia de las luces de carretera, donde una fundida es defecto leve, en cruce cualquier fallo es grave porque afecta directamente a la seguridad de circulación nocturna.
¿Puedo poner bombillas LED en mis faros halógenos?
No directamente. La normativa exige que la fuente luminosa sea compatible con el proyector. Si el faro está diseñado para halógena H7, poner un LED sin cambiar el proyector es defecto grave. Existen kits retrofit homologados (con marca E), pero el faro debe ser sustituido completo.
¿El faro opaco es motivo de rechazo?
Sí, si la opacidad reduce la intensidad luminosa por debajo del mínimo o altera el patrón del haz. El inspector lo detecta con el luxómetro al medir la orientación. Un pulido previo suele ser suficiente.
¿Qué diferencia hay entre defecto leve y grave en luces?
Defecto leve (defecto leve): una luz de carretera fundida, regulador de altura no operativo, testigo de largas no funciona. Defecto grave (defecto grave): una luz de cruce fundida, bombilla no homologada, orientación alta del haz (deslumbra), color no reglamentario.

¿Te han dado ITV desfavorable? Tienes 2 meses para reparar y volver a pasar la inspección. Consulta nuestra guía sobre ITV desfavorable.

Contenido informativo basado en el Manual ITV v7.9 (01/01/2026). El inspector siempre tiene la última palabra.

Normativa de referencia (en vigor):
Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV, versión 7.9 (01/01/2026) · Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre (Reglamento de ITV) · Real Decreto 265/2021, de 13 de abril (modifica periodicidad ITV) · Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo (inspección técnica periódica) · Reglamento (UE) 168/2013 (homologación vehículos categoría L) · Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre (Reglamento General de Vehículos)