Defecto ITV 04.01 — Luces de cruce y carretera
Grupo 04: Alumbrado y señalización
· Manual ITV v7.9
¿Qué significa el defecto 04.01?
En el caso de las luces de cruce y carretera, se comprueba que funcionen todas, que sean del color correcto (blanco obligatorio desde julio de 1999, antes se permitía amarillo selectivo) y que estén homologadas.
El inspector presta especial atención a la orientación del haz de cruce, que es lo que más defectos genera en esta sección. Si el haz apunta demasiado alto y deslumbra al tráfico contrario, es defecto grave. Si el haz presenta una desviación menor hacia abajo o lateral, es defecto leve.
Desde abril de 2023, la normativa permite la sustitución de bombillas halógenas por LED siempre que cuenten con certificado de recambio equivalente del fabricante. Si las bombillas LED superan los 2.000 lúmenes, el vehículo debe llevar corrector automático de altura y lavafaros.
El código 04.01 engloba los defectos del alumbrado principal del vehículo: luces de cruce (cortas) y luces de carretera (largas). Es el segundo motivo de rechazo más buscado en la ITV.
Estas luces son fundamentales para la seguridad vial nocturna. Un faro desalineado puede deslumbrar a otros conductores, y una bombilla fundida reduce drásticamente la visibilidad y la percepción del vehículo por terceros.
Tabla de defectos por tipo
| Código | Defecto | Tipo |
|---|---|---|
| 04.01.01 | Número de luces no reglamentario | Grave |
| 04.01.02 | No funciona alguna luz de carretera | Leve |
| 04.01.02.1 | ↳ No funciona ninguna luz de carretera | Grave |
| 04.01.03 | No funciona alguna luz de cruce | Grave |
| 04.01.04 | Situación de alguna luz no reglamentaria | Grave |
| 04.01.05 | Dispositivo no homologado | Grave |
| 04.01.06 | Estado de dispositivo defectuoso | Leve |
| 04.01.06.1 | ↳ Si afecta a su función o existe riesgo de desprendimiento | Grave |
| 04.01.07 | Color no reglamentario de la luz emitida | Grave |
| 04.01.09 | Orientación del haz luminoso de las luces de cruce alta | Grave |
| 04.01.10 | Otros defectos de orientación del haz luminoso de cruce (bajas o desviación lateral, etc.) | Leve |
| 04.01.11 | Intensidad de todas las luces de carretera que pueden encenderse simultáneamente excede de valor de referencia 100 | Grave |
| 04.01.12 | Al operar el mando de funcionamiento, se enciende algún otro dispositivo luminoso diferente a los reglamentariamente establecidos | Grave |
| 04.01.13 | Dispositivo manual de nivelación de luces de cruce inoperante o no accesible desde el asiento del conductor | Leve |
| 04.01.14 | Dispositivo lavafaros inexistente o no operativo (cuando es obligatorio) | Grave |
| 04.01.15 | Fuente luminosa incompatible con el proyector | Grave |
| 04.01.16 | El testigo de funcionamiento de las luces de carretera no es operativo | Leve |
| 04.01.17 | No se apagan todas las luces de carretera con un solo mando | Grave |
Criterios técnicos — Luces de cruce y carretera
Notas del manual
- Color blanco obligatorio desde 26/07/1999 (antes se permitía amarillo selectivo).
- Se comprueba: número, funcionamiento, situación, homologación, estado, color, orientación del haz de cruce, apagado de todas las luces de carretera con un solo mando, dispositivo de nivelación manual (si lo incorpora), lavafaros (cuando sea obligatorio), compatibilidad fuente luminosa/proyector, y testigo de luces de carretera.
- Marcaje de homologación obligatorio para vehículos matriculados desde 01/05/1989.
- Bombillas LED de sustitución: desde abril 2023, se permite sustituir lámparas halógenas por LED si la lámpara cuenta con certificado del fabricante que acredite equivalencia fotométrica con la lámpara original, sin que sea reforma.
- Si superan 2.000 lúmenes, el vehículo debe tener corrector automático de altura y lavafaros.
Fuente: Manual de Procedimiento ITV 2026.
Alumbrado en motos
En motos y ciclomotores (categoría L) los criterios son diferentes:
- 1 luz de cruce + 1 luz de carretera (vs 2+2 en turismos).
- El resto de comprobaciones son similares.
Fuente: Manual ITV v7.9, Sección II (Categorías L).
¿Qué revisa el inspector?
El inspector comprueba:
- Que funcionan todas las luces de cruce y carretera
- Número de luces reglamentario (2 de cruce, 2 o 4 de carretera)
- Color de la luz emitida (blanco o amarillo selectivo)
- Orientación del haz con luxómetro: altura y desviación lateral
- Intensidad máxima combinada no supere 100.000 cd (referencia)
- Homologación de los faros y las fuentes luminosas
- Compatibilidad bombilla/proyector (ej: no LED en faro halógeno sin kit homologado)
- Funcionamiento del regulador manual de altura si existe
- Lavafaros operativo en vehículos con xenón/LED de serie
Causas más frecuentes
Motivos habituales de rechazo:
- Bombilla fundida (especialmente una sola luz de cruce = grave inmediato)
- Faro opaco o amarillento que reduce la intensidad luminosa
- Orientación incorrecta: faros desalineados tras un golpe o cambio de bombilla
- Bombilla LED o xenón no homologada instalada en faro halógeno
- Lavafaros no funciona en vehículos con luces de descarga
- Faro roto o con entrada de humedad
- Color de luz no reglamentario (azulado, rosa)
Cómo solucionarlo
Según el defecto:
Preguntas frecuentes
¿Me rechazan si tengo una sola luz de cruce fundida?
¿Puedo poner bombillas LED en mis faros halógenos?
¿El faro opaco es motivo de rechazo?
¿Qué diferencia hay entre defecto leve y grave en luces?
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Contenido informativo basado en el Manual ITV v7.9 (01/01/2026). El inspector siempre tiene la última palabra.
Normativa de referencia (en vigor):
Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV, versión 7.9 (01/01/2026) ·
Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre (Reglamento de ITV) ·
Real Decreto 265/2021, de 13 de abril (modifica periodicidad ITV) ·
Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo (inspección técnica periódica) ·
Reglamento (UE) 168/2013 (homologación vehículos categoría L) ·
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre (Reglamento General de Vehículos)