Defecto ITV 03.05 — Antirrobo y alarma

Grupo 03: Acondicionamiento interior

· Manual ITV v7.9

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Especificaciones generales

Los vehículos deberán estar provistos de un dispositivo contra la utilización no autorizada que permita poner fuera de servicio o bloquear un órgano esencial del vehículo a partir del momento en que este quede estacionado. Además, podrán estar provistos de un sistema de alarma independiente o no de dicho dispositivo que en caso de existir deberá cumplir con la reglamentación. Aplicación: Vehículos de la categoría M hasta 2000 kg de M.M.A. matriculados a partir del 01/01/73. Resto de los vehículos de la categoría M matriculados a partir del 01/10/98. El defecto de bloqueo no intencionado del vehículo (posibilidad de poner fuera de servicio o bloquear un órgano esencial del vehículo con el motor en marcha) se aplicará, cuando esté instalado, a cualquier categoría de vehículo.

Fuente: Manual de Procedimiento ITV v7.9, página 89 (BOE-A-2025-20343).

Tabla de defectos por tipo

CódigoDefectoTipo
03.05.01 El vehículo no dispone de dispositivo antirrobo Leve
03.05.02 El dispositivo antirrobo no cumple su función Leve
03.05.03 Bloqueo no intencionado del vehículo Muy Grave
Leve ITV favorable con anotación
Grave ITV desfavorable — 2 meses para reparar y volver
Muy Grave ITV negativa — el vehículo no puede circular

Método de inspección

Mediante inspección visual se comprobará:

  • Que el vehículo dispone de dispositivo antirrobo.
  • Que entra en acción al estacionar el vehículo.

Fuente: Manual de Procedimiento ITV v7.9, página 89.

Reglamentación de referencia

General:

Reglamento General de Vehículos, Art. 11.15.

Particular:

  • Directiva 74/61/CEE.
  • Reglamento CEPE/ONU 18 R para dispositivos antirrobo.
  • Reglamento CEPE/ONU 97 R para sistemas de alarma.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa el defecto ITV 03.05?
El 03.05 es uno de los puntos que revisa el inspector en la ITV. Según lo que encuentre, puede catalogarlo como leve (DL), grave (DG) o muy grave (DMG) según la gravedad observada.
¿Me pasan la ITV con el defecto 03.05?
No. El defecto 03.05 es muy grave (DMG): la ITV es negativa y el vehículo no puede circular hasta que se repare.
¿Qué hago si me suspenden la ITV por el defecto 03.05?
Si es leve (DL): la ITV es favorable, queda como aviso. Si es grave (DG): tienes 2 meses desde la inspección para reparar y volver a pasar la ITV (solo la segunda vez es gratis si lo haces dentro de plazo, pasados 2 meses pagas inspección completa). Si es muy grave (DMG): el coche no puede circular salvo al taller o al centro ITV, y queda inmovilizado hasta reparar y obtener favorable. Si discrepas con el inspector, puedes pedir una segunda inspección presencial o presentar reclamación al órgano competente de la Comunidad Autónoma.

¿Te han dado ITV negativa? Consulta qué hacer, plazos y opciones en nuestra guía sobre ITV negativa.

Contenido informativo basado en el Manual ITV v7.9 (01/01/2026). El inspector siempre tiene la última palabra.

Normativa de referencia (en vigor):
Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV, versión 7.9 (01/01/2026) · Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre (Reglamento de ITV) · Real Decreto 265/2021, de 13 de abril (modifica periodicidad ITV) · Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo (inspección técnica periódica) · Reglamento (UE) 168/2013 (homologación vehículos categoría L) · Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre (Reglamento General de Vehículos)