Defecto ITV 06.08 — Bomba de vacío o compresor y depósitos
Grupo 06: Frenos
· Manual ITV v7.9
Especificaciones generales
Esta inspección se realizará a los vehículos que dispongan de un circuito neumático para el sistema de frenado.
Fuente: Manual de Procedimiento ITV v7.9, página 163 (BOE-A-2025-20343).
Tabla de defectos por tipo
| Código | Defecto | Tipo |
|---|---|---|
| 06.08.01 | Bomba de vacío o compresor deteriorado o defectuoso | Grave |
| 06.08.02 | Bomba de vacío o compresor con riesgo de desprendimiento | Grave |
| 06.08.03 | Tiempo excesivo en disponer de presión o vacío | Grave |
| 06.08.04 | Presión o vacío insuficientes para permitir al menos dos frenadas a fondo consecutivas una vez que se pone en marcha el dispositivo de aviso | Grave |
| 06.08.05 | Pérdida de aire que provoque un descenso apreciable de la presión o vacío, o pérdidas de aire audibles | Grave |
| 06.08.06 | Daños externos con riesgo de afectar el funcionamiento del sistema de frenado | Grave |
Método de inspección
Mediante inspección visual, se comprobará:
- La bomba de vacío o el compresor y su sistema de fijación.
- El tiempo en disponer de presión o vacío para el funcionamiento eficaz de los frenos (para realizar esta comprobación será necesario descargar parcialmente el circuito de frenos mediante varias pedaladas con el motor parado y rearrancar el motor). Se considera correcto si la presión se recupera a un ritmo aproximado de 1 bar por minuto. En caso de que el vehículo no disponga de manómetro, se realizarán únicamente las otras comprobaciones señaladas en este punto.
- La presión o vacío son suficientes para permitir al menos dos frenadas consecutivas una vez que se pone en marcha el dispositivo de aviso (o que el manómetro señala un valor peligroso). Para realizar esta comprobación será necesario descargar parcialmente el circuito de frenos mediante varias pedaladas con el motor parado, poner el contacto del motor y comprobar: o Visualmente, que el/los indicador/es de presión mantienen, tras la realización de estas frenadas, una presión suficiente. Se considera suficiente si está por encima de 2 bar o no llega a la zona roja de peligro.
- En caso de ausencia de indicadores de presión o que éstos no sean visibles, en el circuito se podrá conectar un manómetro en el circuito de frenado y actuar según el apartado anterior, o, alternativamente, utilizando un frenómetro sobre uno de los ejes del vehículo, que la eficacia de frenado (referenciada al MMA correspondiente al citado eje) alcanza un valor suficiente durante la segunda frenada. Se considera suficiente una eficacia del 20% calculada según las indicaciones del punto 6.1.
- Si existe pérdida de aire que provoque un descenso apreciable de la presión o vacío, o pérdidas de aire audibles.
Fuente: Manual de Procedimiento ITV v7.9, página 163.
Reglamentación de referencia
General:
Reglamento General de Vehículos Art. 12.8 y Anexo VIII.
Particular:
- Directiva 71/320/CEE.
- Reglamento CEPE/ONU 13R.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa el defecto ITV 06.08?
¿Me pasan la ITV con el defecto 06.08?
¿Qué hago si me suspenden la ITV por el defecto 06.08?
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Contenido informativo basado en el Manual ITV v7.9 (01/01/2026). El inspector siempre tiene la última palabra.
Normativa de referencia (en vigor):
Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV, versión 7.9 (01/01/2026) ·
Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre (Reglamento de ITV) ·
Real Decreto 265/2021, de 13 de abril (modifica periodicidad ITV) ·
Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo (inspección técnica periódica) ·
Reglamento (UE) 168/2013 (homologación vehículos categoría L) ·
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre (Reglamento General de Vehículos)