Defecto ITV 04.15 — Señalización luminosa específica
Grupo 04: Alumbrado y señalización
· Manual ITV v7.9
Especificaciones generales
Algunos vehículos deben llevar señales específicas homologadas relativas al servicio que prestan. Las principales señales y vehículos afectados son: Señal V-1 (vehículo prioritario): una o dos dispositivos luminosos de color azul. Aplica a servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, asistencia sanitaria. Señal V-2 (vehículo u obstáculo en la vía): una luz de color amarillo-auto. Estas luces deben llevar la marca de homologación según el R65. Aplica a vehículos destinados a remolcar a los accidentados o averiados, vehículos especiales o de transportes especiales, columnas militares, vehículos piloto. Los vehículos con obligación de utilizar la V-2 además podrán llevar con carácter voluntario en el extremo del vehículo unos distintivos reflectantes. Señal V-6 (vehículo largo): una, dos o cuatro señales en la parte posterior rectangulares de color amarillo auto con borde rojo, ambos reflectantes. Aplica a vehículos o conjuntos con longitud superior a 12 m. Señal V-17 (indicador de libre): una luz de color verde situada en el exterior del vehículo. Aplica a autotaxis en condiciones de ser alquilados. Señal V-23 (distintivo de vehículos de transporte de mercancías, obligatorio para vehículos matriculados a partir del 10/07/2011): marcado reflectante, consistente en franja regular o una serie de franjas que identifiquen el contorno del vehículo o en su defecto la longitud y anchura total. En parte posterior (marcado completo contorno): anchura > 2,10 m, color rojo o amarillo. En parte lateral (marcado parcial, incluida banda tractora de los remolques): longitud > 6 m, color blanco o amarillo. Aplica a vehículos N2 > 7,5 t, N3, O3, O4 (opcional en resto de vehículos excepto cabinas con bastidor, vehículos incompletos y tractores para semirremolques). Prohibido en vehículos de las categorías M1 y O1.
Fuente: Manual de Procedimiento ITV v7.9, página 127 (BOE-A-2025-20343).
Tabla de defectos por tipo
| Código | Defecto | Tipo |
|---|---|---|
| 04.15.01 | Inexistencia de la señalización en los vehículos obligados a llevarla | Grave |
| 04.15.02 | No funciona | Grave |
| 04.15.03 | Situación no reglamentaria | Grave |
| 04.15.04 | Estado de dispositivo defectuoso | Leve |
| 04.15.04.1 | ↳ Si afecta a su función o existe riesgo de desprendimiento | Grave |
| 04.15.05 | Color y/o forma no reglamentarios | Grave |
| 04.15.06 | Existencia de esta señalización en vehículos no autorizados a llevarla | Grave |
| 04.15.07 | Existencia de luces, pinturas o dispositivos luminosos o reflectantes no reglamentario | Grave |
Método de inspección
- Mediante inspección visual se comprobará: Su existencia de la señalización específica en los vehículos obligados a llevarla. Su funcionamiento. Su situación reglamentaria. En el caso de la señal V-6, la altura mínima será 250 mm desde el suelo hasta borde inferior de la señal y altura máxima será 2100 mm desde el suelo hasta el borde superior de la señal. El estado de los dispositivos. Su color y forma reglamentarios. La existencia de luces, pinturas o dispositivos luminosos o reflectantes no autorizados. La coincidencia de la señalización con el uso del vehículo indicado en la documentación del mismo.
Fuente: Manual de Procedimiento ITV v7.9, página 127.
Reglamentación de referencia
General:
Reglamento General de Vehículos Arts. 15.5 y 18 y Anexo XI.
Particular:
Para señal V-1 y V-2:
Reglamento CEPE/ONU 65 R.
Para señal V-23:
- Reglamento CEPE/ONU 48 R y.
- Reglamento CEPE/ONU 104 R.
Para señal V-6:
Reglamento CEPE/ONU 70 R.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa el defecto ITV 04.15?
¿Me pasan la ITV con el defecto 04.15?
¿Qué hago si me suspenden la ITV por el defecto 04.15?
Defectos relacionados — Grupo 04: Alumbrado y señalización
Ver todos los defectos del Grupo 04: Alumbrado y señalización →
¿Te han dado ITV desfavorable? Tienes 2 meses para reparar y volver a pasar la inspección. Consulta nuestra guía sobre ITV desfavorable.
Contenido informativo basado en el Manual ITV v7.9 (01/01/2026). El inspector siempre tiene la última palabra.
Normativa de referencia (en vigor):
Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV, versión 7.9 (01/01/2026) ·
Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre (Reglamento de ITV) ·
Real Decreto 265/2021, de 13 de abril (modifica periodicidad ITV) ·
Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo (inspección técnica periódica) ·
Reglamento (UE) 168/2013 (homologación vehículos categoría L) ·
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre (Reglamento General de Vehículos)